Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Precisan contenido del actual régimen prestacional de los miembros de las asambleas departamentales (11:00 a.m.)

121310

31 de Julio de 2019

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Sección Segunda del Consejo de Estado indicó que en vigencia de la Ley 6ª de 1945 los miembros de las asambleas departamentales, como los diputados, tienen derecho al reconocimiento del auxilio de cesantía; a la pensión vitalicia de jubilación; a la pensión de invalidez; al seguro por muerte; al auxilio por enfermedad; a la asistencia médica, farmacéutica, hospitalaria y quirúrgica y a los gastos de entierro. En efecto, solo hasta la entrada en vigencia de la Ley 1871 del 2017, desde el punto de vista prestacional, a los diputados se les reconoció no solo las cesantías y sus intereses, sino, también, las vacaciones y la prima de vacaciones (C. P. Sandra Lisset Ibarra).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)