Precisan alcance de la prohibición de recibir doble erogación del presupuesto público (12:00 p.m.)
28 de Noviembre de 2018
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Nota:
108483
La asignación de retiro es un derecho prestacional con carácter periódico que surge de una relación laboral administrativa y con la cual se pretende cubrir un riesgo o una contingencia propia de la seguridad social, consagrada a favor del personal de la Policía y las Fuerzas Militares, que conforme a la jurisprudencia administrativa se le ha reconocido el carácter de una pensión como la de vejez o jubilación, recuerda la Sección Segunda del Consejo de Estado. En ese orden, teniendo en cuenta la naturaleza jurídica de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía y el carácter público de los recursos asignados para atender este rubro (sin que sea relevante que estén incluidos en los conceptos del presupuesto nacional), se incurre en la prohibición consagrada en el artículo 128 de la Constitución si el beneficiario de las prestaciones recibe otra erogación con cargo al presupuesto de las entidades oficiales (C. P. Sandra Lisset Ibarra).
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