Plazo máximo para asignación de citas médicas no es aplicable a regímenes de excepción (4:06 p.m.)
04 de Enero de 2018
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Nota:
58848
La Resolución 1552 del 2013, por la cual se estableció que el plazo máximo para la asignación de citas de medicina general y odontología es de tres días hábiles, es aplicable únicamente a las entidades promotoras de salud de los regímenes contributivo y subsidiado del sistema de seguridad social en salud, ya que el Decreto Ley 19 del 2012 concedió al Ministerio de Salud facultades reglamentarias aplicables a este tipo de entidades y no a los regímenes de excepción. Estos últimos no se rigen por las disposiciones regulatorias de la Ley 100 de 1993. No obstante, aclaró la entidad, la Superintendencia Nacional de Salud es el ente competente para ejercer inspección, vigilancia y control al sistema de salud de las fuerzas militares y de la Policía Nacional, frente al incumplimiento de sus deberes en salud.
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