Pensión de gracia es improcedente para docentes del orden nacional (1:48 p.m.)
Openx [71](300x120)
58490
04 de Diciembre de 2017
Escucha esta noticia audio generado con IA
La pensión gracia fue creada por la Ley 114 de 1913 para los educadores que cumplan 20 años de servicio en establecimientos educativos oficiales del orden territorial o nacionalizado y 50 años de edad, siempre y cuando demuestren haber ejercido la docencia con honradez, eficacia y consagración, observando buena conducta. Esta prestación es compatible con la pensión de jubilación, precisa la Sección Segunda del Consejo de Estado. Así, se tiene que esta no puede ser reconocida en favor de un docente nacional, pues constituye requisito indispensable para su viabilidad que el maestro no reciba retribución alguna de la Nación por servicios que le preste, o que no se encuentre pensionado por cuenta de ella (C. P. Sandra Lisset Ibarra Vélez)
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!