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Pensión de gracia es improcedente para docentes del orden nacional (1:48 p.m.)

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04 de Diciembre de 2017

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La pensión gracia fue creada por la Ley 114 de 1913 para los educadores que cumplan 20 años de servicio en establecimientos educativos oficiales del orden territorial o nacionalizado y 50 años de edad, siempre y cuando demuestren haber ejercido la docencia con honradez, eficacia y consagración, observando buena conducta. Esta prestación es compatible con la pensión de jubilación, precisa la Sección Segunda del Consejo de Estado. Así, se tiene que esta no puede ser reconocida en favor de un docente nacional, pues constituye requisito indispensable para su viabilidad que el maestro no reciba retribución alguna de la Nación por servicios que le preste, o que no se encuentre pensionado por cuenta de ella (C. P. Sandra Lisset Ibarra Vélez)

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