Particulares tienen la carga probatoria cuando pretenden la declaratoria de un contrato realidad con la Administración (10:16 a.m.)
07 de Febrero de 2020
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Nota:
115238
La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que, en materia probatoria, la presunción sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo, prevista en el artículo 53 de la Ley 50 de 1990, opera diferente en materia laboral ordinaria, ya que allí se deja la carga en manos del empleador, a diferencia de las controversias que involucran relaciones entre los servidores o particulares frente al Estado, los cuales deben asumir esa obligación, siempre que intenten develar una relación laboral a través de un contrato de prestación de servicios. En efecto, quien demande tiene que desvirtuar inicialmente la presunción del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 y, consecuentemente, la del acto administrativo mediante el cual se nombró. Así, es inminente que se prueben los elementos de la relación laboral (C. P. Sandra Lisset Ibarra).
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