Partes no pueden introducir en un proceso hechos nuevos a los planteados en la demanda o su contestación (12:04 p.m.)
21 de Marzo de 2019
Reproducir
Nota:
110669
Las partes no pueden introducir en un proceso hechos nuevos a los planteados en la demanda o su contestación, dado que sobre esos actos se asienta la relación jurídico-procesal y el objeto del litigio. Ello en tanto se genera una vulneración de los derechos de defensa, contradicción y debido proceso, pues, según concluye la Corte Suprema de Justicia, la contraparte no tuvo, desde un comienzo, la oportunidad de controvertir el argumento que ahora invoca. Encuentre la aplicación de esta tesis en la resolución del caso concreto (M. P. Jimena Isabel Godoy, magistrada de descongestión).
Opina, Comenta