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Oficinas virtuales de los operadores de telecomunicaciones deben estar disponibles este mes (9:38 a.m.)

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06 de Octubre de 2010

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De acuerdo con lo establecido en la Resolución 2595 del 2010, por la cual se modifica el régimen de protección de los usuarios de telecomunicaciones, corresponde a los operadores de estos servicios disponer de oficinas de atención al usuario, tanto en las diferentes ciudades donde operan, como a través de opciones tecnológicas, tales como su página web o, al menos, en una red social, señaló la Comisión de Regulación de Comunicaciones. Dichas oficinas virtuales, deben asegurar la fácil presentación de peticiones, quejas y reclamos por parte de los usuarios, quienes recibirán respuesta oportuna en el correo electrónico suministrado para notificaciones. Por su parte, la red social deberá ser la que tenga mayor número de activos en Colombia y deberá permitir el acceso directo a la página web del operador. Dichos mecanismos deberán estar disponibles este mes, precisó la entidad.

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