Objeciones gubernamentales a reducción de semanas para pensión de mujeres son infundadas: Procuraduría
05 de Julio de 2018
Por medio del proyecto de ley 206/16S-049/15C se pretende modificar el número de semanas por cotizar que requieren las mujeres para acceder a la pensión.
Como se recordará, se aprobó reducir de 1.300 a 1.150 las semanas necesarias para que las cotizantes obtengan la pensión de vejez. (Lea: Así se interpreta condición más beneficiosa para personas vulnerables que pretenden pensión de sobrevivientes)
Al respecto, el Gobierno presentó objeciones por tres motivos:
i. La propuesta vulnera el artículo 154 de la Constitución Política, porque establece una exención tributaria sin el aval gubernamental requerido
ii. También trasgrede el artículo 48 de la Carta Política, toda vez que el legislador omitió cumplir su deber de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema pensional, al no prever una fuente o mecanismo de financiación en una reforma que disminuye el recaudo y aumenta el pasivo pensional, y
iii. La reforma desconoce la solidaridad, la eficiencia y la equidad en el diseño del sistema pensional, porque rompe el diseño de reparto de las cargas publicas imponiendo obligaciones excesivas a los demás afiliados sin prever medidas que moderen el impacto financiero.
Concepto de la procuraduría
Frente a ello, la Procuraduría General expresó que son infundadas las objeciones planteadas, y argumentó lo siguiente:
i. El objeto de la norma es cambiar los elementos estructurales del derecho para acceder a la pensión, no se trata de una exención tributaria y por ello no requeriría aval gubernamental,
ii. Respecto de la segunda, el Ministerio estimó conveniente devolver el proyecto al Congreso para que incluya las medidas necesarias tendientes a asegurar la sostenibilidad financiera de lo establecido. (Lea: ATENCION: Este es el reajuste pensional para el 2018)
De igual forma, en el evento en que no se acceda a lo anterior, solicitó al alto tribunal constitucional que module el efecto de su fallo con el fin de lograr el cumplimiento gradual y armonizado con el marco fiscal.
iii. Finalmente, la Procuraduría afirmó que la disminución del tiempo de cotización de un grupo específico no implica una vulneración de la solidaridad, la equidad o la eficiencia, dado que para evidenciar esta transgresión se debe demostrar que la asignación de recurso públicos carece de un criterio de razón suficiente, lo cual no se logra en la objeción.
Con todo, solicitó declarar infundadas las objeciones y devolver el proyecto al Legislativo para las correcciones planteadas.
Procuraduría General, Concepto 6394, Jun. 12/18.
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