Nuevos estándares para el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
20 de Febrero de 2019
De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, la expedición de la Resolución 0312 del 2019, que define los nuevos estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), obedece a la necesidad de reconocer que el sector productivo y generador de empleo tiene características diferentes, propias de cada actividad.
Cabe destacar que, según la cartera del Trabajo, la modificación establecida propone un sistema de gestión ajustado al tamaño y la capacidad de cada una de las empresas, clasificándolas por rangos de empleados, así: empresas con 10 o menos trabajadores, las que cuentan con 11 a 50 trabajadores y, por último, empresas con más de 50 trabajadores. (Lea: Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo sustituye al programa de salud ocupacional)
¡Atención empresarios! MinTrabajo modificó los estándares mínimos para que las micro, pequeñas y medianas empresas puedan implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, #SGSST, de acuerdo al tamaño y capacidad de cada entidad. pic.twitter.com/A3ZCYSiBMn
— MinTrabajo (@MintrabajoCol) February 20, 2019
Con la reglamentación anterior todas las empresas debían cumplir con 62 estándares mínimos, mientras que con la nueva norma las empresas de menos de 10 trabajadores solamente deben cumplir con 7 estándares; las de 11 a 50, con 21, y las unidades agropecuarias tendrán tres requerimientos.
Para las de menos de 10 trabajadores con riesgo I, II y II establece: asignación de personas que diseñan el sistema de gestión de SST; afiliación al sistema; capacitación en SST; plan anual de trabajo; evaluaciones médicas ocupacionales; identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos; medidas de prevención y control frente al peligro/riesgos identificados.
Los estándares para empresas con 10 o menos trabajadores incluyen temas como: conformación y funcionamiento del Copasst; conformación del comité de convivencia laboral; descripción socio demográfica y diagnóstico de condiciones de salud, actividades de medicina del trabajo y de prevención y promoción de la salud; reporte de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, entre otros.
Los estándares para empresas con 50 trabajadores clasificadas con riesgo I, II, III, IV o V y de 50 o menos empleados con riesgo IV o V están: asignación de recursos para el sistema; capacitación de los miembros del Copasst; programa de capacitación anual; inducción y reinducción en SST; curso virtual de capacitación de 50 horas en SST; objetivos de SST; rendición de cuentas, entre otros.
También se regulan temas de diseño e implementación del sistema, apoyo y capacitación.
Implementación del sistema
Hasta noviembre del 2019 se implementará el sistema de gestión de SST de acuerdo con las fechas que se especifican en la siguiente tabla:
FASE 1 |
FASE 2 |
FASE 3 |
FASE 4 |
FASE 5 |
Evaluación inicial |
Plan de mejoramiento conforme evaluación inicial |
Ejecución |
Seguimiento y plan de mejora |
Inspección, vigilancia y control |
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1. Autoevaluación 2. Plan de mejora 3. Diseñar y formular plan anual |
Formular plan anual |
1. Autoevaluación 2. Plan de mejora
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De junio a agosto del 2017 |
De septiembre a diciembre del 2017 |
De enero a diciembre del 2018 |
De enero a octubre del 2019 |
De noviembre del 2019 en adelante |
Desde enero del año 2020 en adelante, todos los sistemas de gestión de SST se ejecutarán anualmente de enero a diciembre o en cualquier fracción del año si la empresa o entidad es creada durante el respectivo año.
De 2020 y en adelante, en el mes de diciembre, las empresas deberán:
- Aplicar la autoevaluación conforme a la tabla de valores y calificación de los estándares mínimos del sistema de gestión de SST, mediante el diligenciamiento del formulario de evaluación establecido en el artículo 27 de la nueva norma.
- Elaborar el plan de mejora conforme al resultado de la autoevaluación de los estándares mínimos. Este plan de mejora debe quedar aprobado por la empresa en el plan anual del sistema de gestión de SST.
III. Formular el plan anual del sistema de gestión de SST, el cual debe empezar a ser ejecutado a partir del 1º de enero del año siguiente.
Con las nuevas disposiciones se deroga la Resolución 1111 del 2017 del Ministerio del Trabajo.
Mintrabajo, Resolución 0312, Feb. 13/19.
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