No se puede reintegrar a una trabajadora en estado de embarazo si median circunstancias que lo hacen imposible (4:25 p.m.)
17 de Junio de 2010
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Nota:
67210
La Corte Suprema de Justicia reiteró que, en condiciones normales, la nulidad del despido de una trabajadora en estado de embarazo implica necesariamente el restablecimiento de la relación laboral. De igual forma, recordó que no puede darse el reintegro de la trabajadora embarazada cuando median circunstancias que lo hacen física y jurídicamente imposible. Uno de los casos en que se presenta esa imposibilidad es cuando la empresa se liquida y desaparece el empleo, agregó la corporación (M.P. Elsy del Pilar Cuello Calderón).
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