No reportar a la EPS la desvinculación del trabajador podría generarle al empleador acciones de cobro (3:06 p.m.)
04 de Abril de 2018
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Nota:
60317
Una vez finaliza la relación laboral es deber del empleador informar a la EPS las novedades relacionadas con la desvinculación o retiro de trabajadores a su servicio, de manera que a partir de ese momento cesa cualquier responsabilidad de efectuar el pago de los respectivos aportes, indicó el Ministerio de Salud. La omisión podría generar acciones de cobro por parte de las entidades a las cuales se le pagan los aportes al trabajador, pues daría lugar a una deuda por los periodos presuntamente no cancelados. De acuerdo con lo previsto en el numeral 1 del artículo 157 de la Ley 100 de 1993, los afiliados al sistema mediante régimen contributivo son las personas vinculadas por contrato de trabajo, servidores públicos, pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago.
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