No pueden desmejorarse salarios de agentes de la Policía homologados al nivel ejecutivo (4:33 p.m.)
18 de Enero de 2018
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Nota:
59081
La Sección Segunda del Consejo de Estado explicó el marco jurídico de la carrera en la Policía Nacional en su nivel ejecutivo y con base en ello precisó que este nivel fue creado con el propósito de mejorar las condiciones salariales de los agentes y suboficiales de menor grado dentro de la institución y otorgar a los primeros un régimen salarial especial, así como para permitir el ascenso del aludido personal dentro de la organización jerárquica de la Policía Nacional y profesionalizar la labor de los servidores que pertenecían a tales niveles en aras de mejorar el servicio cuya prestación ha sido encargada a la entidad. Sumado a ello, el fallo enfatizó que el legislador buscó respetar y proteger los derechos y las garantías reconocidas al personal de agentes y suboficiales que de manera voluntaria optaron por ingresar al nuevo sistema de carrera. En tal sentido, los funcionarios homologados de esta entidad no podrán sufrir alguna desmejora en su situación salarial y prestacional, en consideración a los principios de irrenunciabilidad de los beneficios laborales, buena fe, confianza legítima y progresividad de los derechos sociales, así como en la prohibición de regresividad en este mismo aspecto (C. P. Carmelo Perdomo Cuéter).
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