No es suficiente evidenciar errores en la contabilización de semanas cotizadas para impugnar una decisión que niega la pensión (11:48 a.m.)
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06 de Mayo de 2019
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Un fallo de la Corte Suprema de Justicia aclaró que, en el caso objeto de estudio, a pesar de que el casacionista evidenció error en la contabilización de las semanas cotizadas de que da cuenta la historia laboral para el reconocimiento de una pensión de vejez, dicho desacierto no fue suficiente para quebrar el fallo impugnado. Lo anterior porque no se encontró acreditado, por ejemplo, que la accionante hubiese cumplido el requisito de 500 semanas aportadas dentro de los 20 años anteriores al cumplimiento de la edad, en los términos del artículo 12 del Acuerdo 049 de 1990 (M. P. Jorge Prada, magistrado de descongestión).
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