No es requisito indispensable indicar con exactitud en la carta de despido las normas que respaldan la casual invocada (4:54 p.m.)
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26 de Julio de 2011
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La Corte Suprema de Justicia explicó que es indispensable indicar con exactitud en la carta de terminación del contrato de trabajo los hechos que soportan la decisión, mas no las normas legales, convencionales o reglamentarias que respaldan la causal. El alto tribunal indicó que la exigencia de un recuento detallado de los hechos impide que se aduzcan con posterioridad causales o motivos diferentes y garantiza el derecho de que estos se conozcan antes del eventual debate judicial para controvertirlas. De esta forma, señaló que cuando el empleador omite aducir la causal que motiva la determinación del despido, el juez de conocimiento puede efectuar la confrontación jurídica correspondiente (M.P. Carlos Ernesto Molina Monsalve).
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