Minsalud recuerda que en marzo entran a regir disposiciones para uso obligatorio de la planilla electrónica (8:51 a.m.)
02 de Febrero de 2018
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Nota:
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A partir del 1º de marzo del 2018, los aportantes que tengan a su cargo 10 o más cotizantes y los trabajadores independientes cuyo ingreso base de cotización sea mayor o igual a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes ($ 3.124.968) deberán realizar de manera obligatoria el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales únicamente mediante el uso de la planilla electrónica, como lo establece el Decreto 1765 del 2017 del Ministerio de Salud. Vale la pena que indicar que el ministerio diseñó un instructivo sobre la nuevas disposiciones para el pago de la planilla. Según la norma, la obligatoriedad del uso de la planilla electrónica será de la siguiente manera: Para empresas: 10 a 19 cotizantes, 1º de marzo del 2018; 5 a 9 cotizantes, 1º de junio del 2018 y 3 o 4 cotizantes, para municipios con categoría diferente a 5 y 6, 1º de agosto del 2018. También recordó lo pertinente para independientes y los plazos de acuerdo al NIT o documento de identidad.
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