Médico tratante determina el tratamiento integral que requiere una persona (4:40 p.m.)
06 de Agosto de 2018
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Nota:
107680
El tratamiento integral que requiera una persona estará sujeto a lo que ordene o considere necesario el médico tratante. Por lo tanto, si un fallo de tutela ordena servicios que no están incluidos en el plan de beneficios en salud los mismos deberán ser brindados por las EPS para su posterior reconocimiento por parte de la Administradora de recursos del sistema de seguridad social en salud (Adres), siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos en la Resolución 1328 del 2016, indicó el Ministerio de Salud. La Ley 1751 del 2015 garantiza el derecho fundamental a la salud a través de la prestación de servicios y tecnologías, estructurados sobre una concepción integral que incluye la promoción, prevención, paliación, rehabilitación de secuelas y acceso a las prestaciones.
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