Liquidación pensional de funcionarios del servicio exterior debe efectuarse bajo el salario realmente devengado (9:58 a.m.)
06 de Marzo de 2020
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Nota:
116305
La Sección Segunda del Consejo de Estado explicó que el ingreso base de cotización y de liquidación para el sistema general de pensiones de los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores debe reflejar lo efectivamente devengado, sin acudir a equivalencias con cargos de la planta interna que, en la mayoría de los casos, es inferior al percibido y por ello configura una evidente violación de los derechos fundamentales a la igualdad, dignidad humana, mínimo vital, entre otros (C. P. Gabriel Valbuena).
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