Laboral
Licencia de maternidad puede ser reconocida de manera proporcional
19 de Mayo de 2016
El reconocimiento de la licencia de maternidad es un tema de constante actualización, pues además de la iniciativa que pretende ampliarla a 18 semanas, que se encuentra pendiente de penúltimo debate, varias decisiones de las altas cortes han aclarado las condiciones del beneficio. (Lea: Aumento de semanas para licencia de maternidad pasa a penúltimo debate)
Precisamente, teniendo en cuenta varios fallos de la Corte Constitucional, entre ellos las sentencias T-1223 del 2008 y T-174 del 2011, el Ministerio del Trabajo indicó que, en virtud de la flexibilización de algunos requisitos previstos por el legislador para el reconocimiento de la licencia de maternidad, como es el caso del tiempo de cotización ininterrumpida durante todo el periodo de gestación y el pago oportuno de cotizaciones al sistema de salud, por lo menos cuatro de los seis meses anteriores a la fecha de causación del derecho, es posible que se reconozca de manera proporcional el pago de la licencia en los eventos en que la madre trabajadora no cuenta con el periodo de cotización exigida por la ley, siguiendo, en todo caso, las reglas señaladas por la jurisprudencia. (Lea: Trabajadora en estado de embarazo cuyo contrato por obra o labor termina no queda desprotegida)
Mintrabajo, Concepto 55181, Mar. 23/16
Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvil. Solicite un demo.
Opina, Comenta