12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 minutes | ISSN: 2805-6396

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Lea el texto definitivo de la reforma pensional

17 de Junio de 2024

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Lea el texto definitivo de la reforma pensional (Martha Alfonso)

El viernes 14 de junio, la Cámara de Representantes aprobó en cuarto y último debate el proyecto de ley 293/23S-433/24C, que establece la reforma pensional impulsada por presidente Gustavo Petro.

La iniciativa fue aprobada tras una polémica proposición radicada por congresistas del Pacto Histórico, en la que se buscaba acoger el texto aprobado por el Senado de la República anulando los cambios acordados en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes.

La reforma busca que los fondos privados y el sistema público, administrado por Colpensiones, dejen de competir y ahora se complementen. También aumenta el número de personas que en su vejez pueden acceder a este derecho con el fin de disminuir los índices de extrema pobreza. (Lea: Contrato de aprendizaje será contrato laboral y a término fijo).

La aprobación de la proposición generó controversia entre los congresistas, pues muchos aseguraron que se violó el debate, por lo que la Corte Constitucional podría tumbar la iniciativa por vicios en el trámite. (Lea: Aprueban ponencia positiva de la reforma pensional)

La congresista del Centro Democrático, Paola Holguín, criticó duramente el proceso: “Frente al nuevo atropello en el Congreso con la reforma pensional, donde decidieron sin mayor debate acoger el texto del Senado, lo que procede es solicitar a la Corte que tumbe esta reforma”. (Lea: Reforma pensional: un sistema de previsión desenfocado)

Por su parte, la representante Katherine Miranda expresó en cuenta de X por qué considera que “la reforma pensional se va a caer en la Corte Constitucional”.

En primer lugar, Miranda indicó que si bien la Cámara puede acoger un texto del Senado, como ocurrió en el caso de la reforma pensional, lo cierto es que para que el procedimiento sea legal la proposición debió estar acompañada del texto, característica que no se cumplió. “No hubo el conocimiento completo, suficiente, veraz y preciso de los representantes al momento de votar”, completó.

También resaltó que no hubo una explicación adecuada por parte del Gobierno o los ponentes sobre las modificaciones del texto presentado en la plenaria de la Cámara respecto al aprobado en el Senado y advirtió que la carrera por el cierre del año legislativo no justifica “eludir el proceso deliberativo, ni mucho menos eximir al proyecto del cumplimiento del requisito de publicidad, deliberación y aprobación en ambas plenarias del Congreso”. (Lea: Así va la reforma pensional)

Finalmente, señaló que se vulneraron las reglas de procedimiento fundamentales para el funcionamiento del Legislativo. Según ella, también se restringió y limitó el poder de modificación de las plenarias así como el rol de las comisiones de conciliación. Con esto, la forma en la que se aprobó la pensional, dice Miranda, viola los principios de pesos y contrapesos, que son pilares de lo que recoge el Estado en su Constitución.

Puntos claves de la reforma pensional

Esquema diferencial para acceso a pensión de las mujeres: se propone una reducción en las semanas mínimas requeridas para que las mujeres se pensionen en el país, pasando de 1.300 a 1.000 semanas de cotización.

Régimen de transición: se plantea un aumento en el número de semanas requeridas para mantenerse en el régimen actual, subiendo a 1.000 semanas y agregando un criterio de edad.

Fortalecimiento del fondo de ahorro: se propone que el fondo de ahorro no sea parte de Colpensiones sino del Ministerio de Hacienda.

Pilar solidario: Se busca beneficiar a más de 2,5 millones de personas mayores de 65 años en condición de vulnerabilidad. Sin embargo, se propone un aumento en la edad para acceder al beneficio, necesitando 65 años en el caso de los hombres y 60 en el de las mujeres.

Pilar semicontributivo: Se propone un esquema que exige a los hombres 62 años y a las mujeres 57 para ser beneficiarios de un beneficio económico conocido como Beneficios Económicos Periódicos (BEPS). Sin embargo, solo podrán aplicar quienes hayan aportado al sistema desde las 300 semanas.

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