Las partes pueden pactar la jornada laboral de lunes a viernes, ampliando hasta dos horas diarias
28 de Junio de 2021
En Colombia existen varios tipos de jornada laboral, la de común acuerdo entre las partes, jornada máxima legal, jornada laboral por turnos de trabajo y jornada flexible. El artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo permite que las 48 horas de la jornada laboral semanal se repartan de lunes a viernes, ampliando hasta por dos horas diarias la jornada laboral, con el fin de permitir el descanso de los trabajadores el día sábado, caso en el cual se entendería que el trabajador laboró la semana completa. Ahora bien, de acuerdo con el artículo 173, sobre remuneración, tiene derecho a un descanso dominical remunerado el trabajador que haya cumplido durante la semana con la jornada laboral pactada con su empleador, ya sea que esta implique la prestación de sus servicios durante todos los días laborales de la semana o en los días u horas pactadas, indicó el Ministerio del Trabajo. En cuanto a la finalización de una vinculación laboral el último día laboral de la semana, que puede ser el día viernes según lo pactado por las partes en el contrato, la liquidación laboral deberá realizarse únicamente hasta el día en que efectivamente se encontraba vigente la relación laboral.
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