Labores prolongadas de supernumerarios de la Dian para apoyar la lucha contra la evasión no cambia su forma de vinculación (9:39 a.m.)
26 de Enero de 2018
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Nota:
59743
Según la Sección Segunda del Consejo de Estado, el hecho de que una persona esté vinculada a la Dian como supernumerario, no para ejercer actividades transitorias sino por necesidades del servicio y para el apoyo de la lucha contra la evasión y el contrabando, implica que es ajustado a derecho la extensión en el tiempo de sus actividades, en tanto exista la necesidad y el motivo. A su juicio, esa situación no desdibuja la temporalidad que caracteriza esta modalidad de contratación ni tiene la virtud de cambiar la forma de vinculación. Con este argumento, el alto tribunal negó la solicitud de una supernumeraria adscrita a la Dian, por un término mayor a seis meses, quien pretendía el reconocimiento y pago de los incentivos y remuneración que se les otorga a los funcionarios de planta de esa entidad (C. P. Rafael Francisco Suárez).
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