Laboralistas analizan efectos del coronavirus en suspensión y terminación de contratos laborales
Recordamos también varios conceptos del Ministerio del Trabajo en los que se han despejado algunas dudas en torno a esta materia.
14 de Abril de 2020
Invitamos a varios especialistas en Derecho Laboral y Seguridad Social para que analizaran las repercusiones del coronavirus (covid-19) en materia de suspensión y terminación de contratos laborales.
Lo cierto es que, por lo pronto, el Ministerio del Trabajo ha precisado que está prohibido que los empleadores coaccionen a los trabajadores a tomar licencias no remuneradas; así mismo, aclaró que la configuración o no de una fuerza mayor para efectos de suspensión de contratos de trabajo corresponde valorarla a un juez de la República, quien determinará o no su existencia, con base en la valoración de los hechos.
Pero también, tratándose de una situación ocasional, temporal y excepcional, es posible que el empleador autorice el trabajo en casa, modalidad ocasional de trabajo que no exige el lleno de requisitos necesarios para optar por el teletrabajo, así como otorgar vacaciones a los trabajadores antes de causar el derecho.
Iván Daniel Jaramillo
Fabián Hernández
María Fernanda Gómez
Iván Chinchilla
Elkin Jurado
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