La vivienda puede suministrarse como salario en especie, siempre que las partes lo hayan dispuesto expresamente (12:14 p.m.)
02 de Junio de 2011
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Nota:
74018
El empleador puede suministrar la vivienda o habitación al trabajador como salario en especie, siempre que esté debidamente valorado en el contrato de trabajo y no se haya dispuesto expresamente lo contrario, es decir, la exclusión del factor salarial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo, sobre pagos que no constituyen salario, indicó el Ministerio de la Protección Social. Así las cosas, si las partes guardaron silencio, se presume que la vivienda suministrada hace parte del salario y su desconocimiento podría generar una desmejora salarial.
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