La pensión de sobrevivientes no es una prestación autónoma: Consejo de Estado (8:00 a.m.)
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22 de Marzo de 2019
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La pensión de sobrevivientes no es una prestación autónoma, pues va unida a la pensión de vejez y no implica el reconocimiento de una nueva obligación pensional, precisó la sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. Por tal razón, en principio, la entidad que debe soportar la carga económica de pagar una pensión por disposición de la ley debe seguirla pagando a los sobrevivientes que se encuentran legitimados a partir de la muerte del pensionado. En el caso concreto, la Corporación ordenó declarar competente a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) para resolver de fondo la solicitud de reconocimiento de la sustitución pensional o pensión de sobrevivientes bajo cinco argumentos, entre ellos la antes explicada. Conozca los otros fundamentos en el documento adjunto (C. P. Edgar González López).
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