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La legalidad de una sucesión de contratos a término fijo no está supeditada a la primera de las contrataciones (5:08 p.m.)

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11 de Febrero de 2010

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La Corte Suprema de Justicia señaló que la legalidad de una sucesión de contratos a término fijo no está supeditada a la primera de las contrataciones, es decir, no pueden atribuirse las consecuencias previstas para el primer contrato a todos los demás, ni condicionar la validez de un contrato a la demostración de la validez de la contratación precedente. Con estos argumentos, la corporación casó una sentencia que declaró la existencia de un contrato laboral a término indefinido en las contrataciones a término fijo realizadas. A juicio del alto tribunal, los vicios que se presentaron en el primer contrato y que hacían presumir la suscripción de un contrato a término indefinido no podían extenderse al resto, entre otras razones, porque la ley otorga a las partes la posibilidad de acogerse a diferentes modalidades de contratación independientes entre sí, aunque se trate de celebraciones sucesivas a término fijo (M.P. Eduardo López Villegas).

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