Incrementos elevados en ingreso base de cotización son admisibles cuando guardan coherencia con los ingresos reales (08:55 a.m)
08 de Junio de 2017
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Nota:
55219
Al decidir un recurso de casación, la Corte Suprema de Justicia explicó que los incrementos elevados en el ingreso base de cotización, para el periodo a tomar con incidencia en el cálculo del monto pensional, solo son admisibles cuando guardan coherencia con los ingresos reales o efectivamente percibidos o devengados por el trabajador. Lo anterior, soportado en línea jurisprudencial vigente sobre el tema de incrementos elevados. Según el fallo de la Sala Laboral, esta determinación protege la estructura y el funcionamiento del sistema general de pensiones, por cuanto debe buscar la veracidad de las cotizaciones o aportes conforme se ha dejado sentado en varias decisiones. Acorde con lo anterior, y en el caso concreto, la Sala determinó que el fallador de segunda instancia no incurrió en yerros facticos, por cuanto valoró los medios probatorios allegados asegurando que el pensionado no justificó el cambio brusco de salario y, por el contrario, sí se demostraron indicios graves de fraude al principio de solidaridad. Con estas pruebas el demandante quería demostrar los reajustes efectuados a su salario y así modificar su actual mesada pensional. Por esta y otras razones, la corporación dispuso no casar la providencia atacada (M. P. Gerardo Botero Zuluaga).
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