Incremento pensional por personas a cargo ya no está vigente en el ordenamiento jurídico (1:11 p.m.)
115191
10 de Febrero de 2020
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Tras conocer el caso de un ciudadano que solicitó el incremento pensional por personas a cargo, contenido en el artículo 21 del Acuerdo 049 de 1990, la Corte Suprema de Justicia estableció que esa disposición legal había sido derogada orgánicamente por la Ley 100 de 1993. De esta manera, este incremento únicamente aplica para las personas a quienes se les haya reconocido el derecho pensional durante la vigencia del acuerdo, es decir, antes de la entrada en vigor del Sistema de Seguridad Social Integral (1° de enero de 1994), tal como lo ha establecido la Corte Constitucional en sentencias de unificación (M. P. Clara Dueñas).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!