Hacen modificaciones al trámite y recaudo de multas impuestas por Mintrabajo con destino al Sena (11:06 a.m.)
14 de Febrero de 2018
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Nota:
59384
Con el fin de mejorar la efectividad en el proceso de cobro y recaudo de las multas impuestas por el Ministerio del Trabajo, se modificó la Circular Conjunta 0025 del 2016, respecto al control de la oportunidad y formalidad para la remisión de los actos administrativos sancionatorios al Sena y sobre las causales de devolución de los mismos al ministerio. Entonces, señala que una vez hayan quedado ejecutoriados los actos administrativos estos deberán ser reportados y entregados por cada director territorial y la unidad de investigación especial a la regional del Sena respectiva, dentro de los tres primeros días hábiles del mes siguiente a la fecha de la ejecutoria y dejando el respectivo reporte en la herramienta tecnológica dispuesta para tal fin. También establece enviar copia del reporte por correo electrónico a la subdirección de gestión territorial de la Director de inspección, vigilancia y control. Para conocer en detalle todos los demás cambios que contempla la norma pude consultarla en el documento adjunto a esta nota.
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