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Actualizado hace 15 hours | ISSN: 2805-6396

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Laboral


Gobierno restablece el empleo de emergencia

14 de Diciembre de 2011

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Nota:
27606

Con el propósito de atenuar los efectos negativos que la ola invernal ha generado sobre los ingresos de los hogares afectados, el Gobierno restableció el empleo de emergencia, mediante el Decreto 4691, reglamentario del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 (L. 1450/11).

 

En enero de este año, al amparo del estado de emergencia económica, social y ecológica, declarado en diciembre anterior, el Ejecutivo expidió un decreto-ley que creó esa figura. Sin embargo, la inexequibilidad de la segunda declaratoria de ese estado de excepción produjo su inconstitucionalidad por consecuencia. Por ese motivo, el Gobierno impulsó un artículo en la Ley 1450, para revivirlo.

 

La reglamentación que se acaba de expedir es similar a la del decreto original, es decir, se trata de un empleo excepcional y temporal para los damnificados mayores de 18 años, que se dedicarán a actividades de rehabilitación, mejora de áreas públicas y demás actividades conexas o complementarias para la recuperación de las zonas afectadas.

 

Entre otras condiciones, el decreto señala que los empleos de emergencia no podrán superar los seis meses; las personas devengarán el salario mínimo legal vigente, proporcional al tiempo laborado, sin que exceda la jornada máxima legal o fracción de esta; no habrá lugar al pago de aportes parafiscales (Sena, ICBF y cajas de compensación familiar) y tendrán derecho a las prestaciones sociales de ley.

 

En materia de seguridad social, quienes se vinculen mediante el empleo de emergencia serán afiliados a salud, a través de los regímenes contributivo o subsidiado.

 

Este último será aplicable cuando la vinculación sea inferior a un mes y el salario, menor a un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV). En caso contrario, la afiliación se hará al régimen contributivo, con una cotización del 4 %, a cargo del empleador.

 

Así mismo, habrá afiliación a pensiones, en cualquiera de los dos regímenes existentes, con un 4 % de cotización a cargo del empleador, sin que la base de cotización sea inferior a un SMMLV.

 

El programa de empleo de emergencia reglamentado por el Decreto 4691 del 12 de diciembre cobijará a los afectados por el fenómeno de La Niña 2010-2011 y tendrá una vigencia de un año.

 


 

Derogada directiva sobre austeridad

 

Como medida de austeridad en el gasto público y de protección del medio ambiente, el anterior gobierno, mediante la Directiva Presidencial 2 del 2009, les ordenó a las entidades de la Rama Ejecutiva del nivel nacional contratar el servicio de reencauche de llantas para sus vehículos, por considerar que pueden ser utilizadas en las mismas condiciones de las llantas nuevas, siempre y cuando cumplan con el reglamento técnico.

 

Esta semana, el presidente de la República, Juan Manuel Santos, derogó esa directiva. La medida rige “sin perjuicio de la aplicación de las políticas de austeridad del gasto público”, advierte la nueva directriz.

 

(Mintrabajo, D. 4691, dic. 12/11 y Presidencia de la República, Directiva Presidencial 28, dic. 12/11)

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