Falta de mantenimiento de equipos médicos puede generar responsabilidad extrapatrimonial del Estado (4:32 p.m.)
08 de Marzo de 2016
Reproducir
Nota:
105011
Así la definió la Sección Tercera del Consejo de Estado luego de analizar una acción de reparación directa en la que fue condenada la Nación por la lesión de una menor de edad durante un procedimiento quirúrgico, en el que resultó lesionada su rodilla izquierda debido a un corte de energía. Así las cosas, según explica la providencia publicada recientemente, quedó plenamente demostrado que debido a la falta de mantenimiento y mal manejo de los equipos técnicos destinados para la atención quirúrgica a dicha paciente se configuró una falla en el servicio médico que la administración debe responder con el pago de perjuicios a favor de la víctima directa. De esta manera, la Sala aclaró que, en el caso concreto, no se puede afirmar la existencia de un caso fortuito que alteró el buen funcionamiento del equipo médico, al producirse, por ejemplo, una variación repentina de la corriente eléctrica, pues este tipo de eventos se puede evitar y controlar mediante un regulador de energía, dado que la manipulación de estos equipos es una actividad riesgosa que pueden generar daños a las personas en su vida y su integridad física si no se usan adecuadamente y no se realiza un mantenimiento periódico (C.P. Ramiro Pazos Guerrero).
Opina, Comenta