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ExtraConozca la sentencia que anuló varias disposiciones relacionadas con intermediación laboral (10:21 a.m.)

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27 de Febrero de 2018

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La Sección Segunda del Consejo de Estado declaró la nulidad de los artículos 2° y 4° (incisos primero y tercero), 5° 9° y 10° del Decreto 2025 del 2011, que reglamenta parcialmente la Ley 1233 del 2008 y el artículo 63 de la Ley 1429 del 2010. Frente a los artículos anulados, la Corporación afirmó que estas disposiciones desbordan materialmente el contenido esencial del artículo 63 de la Ley 1429, norma que prohíbe contratar personal a través de cooperativas de trabajo asociado, ni bajo ninguna otra forma de vinculación de intermediación laboral para desarrollar actividades misionales permanentes en los sectores público y privado. El alto tribunal confirmó que con la expedición de estas disposiciones el Gobierno Nacional se excedió en el ejercicio de su potestad reglamentaria. En relación con el artículo 1°, que no fue anulado, indicó que el contenido de esta normativa guarda armonía con el inciso primero del artículo 63 de la Ley 1429 y también con el artículo 17 del Decreto 4588 del 2006 y el primer numeral del artículo 7° de la Ley 1233. Conozca los fundamentos de la decisión frente a cada artículo en el documento adjunto (C. P. Carmelo Perdomo Cuéter).

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