Explican regla para servidores públicos beneficiarios del régimen de transición (3:53 p.m.)
02 de Mayo de 2019
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Nota:
112126
La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó la regla jurisprudencial sobre el ingreso base de liquidación (IBL) en el régimen de transición, según el cual se aplicará la Ley 33 de 1985 para las personas que se pensionen con los requisitos de edad, tiempo y tasa de reemplazo. Lo anterior con fundamento en los artículos 21 y 36 de la Ley 100 de 1993. Además, los factores salariales que se deben incluir en el IBL para la pensión de vejez de servidores públicos beneficiarios de dicho régimen son únicamente sobre los que se hayan efectuado los aportes o cotizaciones al sistema de pensiones. Consulte en este fallo las condiciones de liquidación de esta prestación (C. P. William Hernández Gómez).
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