Explican procedencia de la pensión de sobrevivientes dentro de las fuerzas armadas (10:05 a.m.)
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05 de Febrero de 2018
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La pensión de sobrevivientes tiene como finalidad evitar que las personas allegadas al trabajador queden desamparadas ante su ausencia definitiva; es decir, busca la protección de la familia y los derechos fundamentales de quienes compartían la vida con el causante y que entran a soportar nuevas cargas económicas, explica la Sección Segunda del Consejo de Estado. Esta noción es aplicable a los miembros de la fuerza pública. Al efecto, los decretos 2063 de 1984 y 1213 de 1990 establecen el pago de una indemnización equivalente a dos años de los haberes correspondientes, a las cesantías por el tiempo de servicio y, en caso de haber cumplido 15 años o más de servicios, a una pensión mensual liquidada en la misma forma de la asignación de retiro, de acuerdo a la categoría y tiempo de servicio del causante (C. P. César Palomino Cortés).
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