Experiencia profesional del empleado público en el sector privado y por fuera de su horario laboral es viable (3:53 p.m.)
20 de Marzo de 2018
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Nota:
60556
La experiencia profesional derivada del ejercicio profesional de una actividad privada y por fuera de la jornada laboral es viable, siempre y cuando requiera la aplicación de los conocimientos de una profesión determinada. Para el cálculo se suman las horas y se dividen en ocho, obteniéndose en días la experiencia adquirida. Por el contrario, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública, un empleado público no puede prestar sus servicios en otra entidad del Estado, así no reciba ninguna contraprestación económica por sus servicios. Eventualmente, podrían configurarse conflictos de interés, por lo que es necesario estudiar cada caso particular y analizar la actividad que se realiza por fuera del horario habitual en una entidad privada y la labor que desempeña en la entidad pública, que puedan afectar la objetividad, imparcialidad o independencia.
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