Esto precisa Minsalud sobre la continuidad e integralidad en la prestación de servicios de salud (10:55 a.m.)
22 de Octubre de 2018
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Nota:
109078
El Ministerio de Salud emitió directrices con el fin de prevenir el impacto que puedan tener los anuncios respecto de ciertos integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), extensivas a quienes tengan atribuciones de garantía y prestación de servicios de salud en los regímenes especiales y excepcionales. Así, luego de hacer el recorrido normativo y jurisprudencial que versa sobre el tema, la cartera señaló que ningún integrante del SGSSS puede omitir sus deberes bajo el pretexto de decisiones que puedan afectar a una determinada EPS. De esta manera, las EPS, las entidades territoriales y las instituciones prestadoras de servicios de salud, en el marco de sus competencias, deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar la continuidad e integralidad en la prestación de los servicios que incluye la atención de urgencias. Igualmente, les solicita articular los servicios que garanticen el acceso efectivo a sus afiliados y, en consecuencia, garantizar la red de prestadores de servicios de salud para la atención integral con los niveles de complejidad que sean requeridos.
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