Este imperativo se debe cumplir cuando un juez sin jurisdicción decida una reliquidación pensional (10:39 a.m.)
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06 de Mayo de 2019
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Cuando una autoridad judicial advierta que un juez sin jurisdicción decidió una reliquidación de la pensión de jubilación de un empleado público es obligatorio declarar el vicio detectado y adoptar las medidas tendientes a que el trámite sea renovado con estricto apego al debido proceso. Así lo concluye una sentencia reciente de la Sección Segunda del Consejo de Estado, luego de precisar que aquel togado que evada esta tesis, aludiendo las funciones que le atañen como director de la contienda, perpetuará la trasgresión de dicho derecho fundamental “y avalará la perversión derivada de las decisiones dictadas tras un juicio enteramente jurídico” (C. P. Gabriel Valbuena).
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