Este es el reajuste pensional para el 2020 (4:50 p.m.)
27 de Enero de 2020
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Nota:
114018
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 100 de 1993, los reajustes para este año se realizarán de la siguiente manera: (i) para pensiones cuyo monto mensual al año 2019 fue igual al salario mínimo legal mensual vigente (smlmv) la mesada será de $ 877.803, (ii) para pensiones con monto mensual en 2019 superior al salario mínimo el reajuste será del 3,80 % y (iii) en el caso de aquellas pensiones cuyo monto el año pasado superó el salario mínimo vigente pero al aplicarles la variación del IPC resulten inferiores al salario para este 2020 deberá darse cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 35, 40 y 8 de la Ley 100, los cuales establecen que el monto mensual no podrá ser inferior al salario mínimo. De otra parte, a más tardar el 30 de enero, las administradoras pagadoras y entidades que efectúen el descuento para pensionados deberán realizar los ajustes tecnológicos y operativos que se requieran para efectuar el descuento en salud de que trata el artículo 142 de la Ley 2010 del 2019. Y aclara que en el evento que no sea posible efectuar el descuento para la mesada de enero, debido a que esta es pagada anticipadamente en el mes de diciembre, el valor descontado se podrá compensar en el siguiente pago. Finalmente, para el reajuste de las personas a la cuales, por efecto de la Sentencia C-258/13, se les reajustó la pensión a 25 smlmv se debe aplicar la Circular 10 del 2014.
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