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Este es el nuevo sistema de pago en salud y pensión para trabajadores por prestación de servicios

06 de Marzo de 2017

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Desde hoy aplica una nueva modalidad de recaudo de aportes a salud y pensión de los trabajadores independientes o aquellos que se encuentren por contrato de prestación de servicios y lleven más de un mes trabajando.

 

Los pagos deberán realizarse por medio de la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA), para ello, los trabajadores que realicen el pago deberán solicitar a las entidades el cambio de código de cotizante y, posterior a ello, efectuar la operación por internet.

 

La nueva modalidad también contempla cambios en las fechas para el pago de los aportes de las planillas electrónicas, las cuales tendrán carácter obligatorio, inhabilitando, de esta manera, los pagos por ventanilla.

 

Los cambios en la normativa

 

El Ministerio de Salud expidió, en el 2016, la Resolución 2388, por medio de la cual se unificaron las reglas para el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales y adoptó los anexos técnicos de la PILA, los cuales contienen las especificaciones y estructuras de los archivos a reportar por aportantes, pagadores de pensiones y operadores de información. Así mismo, dio un plazo de seis meses para la implementación de dichos anexos (Lea: Fijan nuevas condiciones para pago de aportes a seguridad social a través de la PILA).

 

Posteriormente, la cartera de Salud expidió el Decreto 1990 del 2016, por medio del cual fijó una nueva tabla de fechas de cada una de las novedades laborales, como ingreso, retiro, suspensión o licencia no remunerada, vacaciones, variación del salario, incapacidad por enfermedad laboral y licencias de maternidad (Lea: Desde el 1° de marzo rige ajuste a la planilla integrada de liquidación de aportes – PILA).

 

En el caso de los parafiscales, los aportantes y los pagadores de pensiones deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la PILA, mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las fechas fijadas, según número de cotizantes y/o pensionados definidos en una tabla que hace parte de la norma.

 

También advierte que quienes cuenten con menos de tres cotizantes podrán utilizar para el pago de sus aportes al sistema del Sena, ICBF y las cajas de compensación familiar cualquier modalidad de planilla, bien sea electrónica o asistida.

 

 

Minsalud, Decreto 1990, 06/12/2016

Minsalud, Resolución 2388, 10/06/2016

 

 

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