Establecen nuevas disposiciones para trámites en la Sala Laboral (8:12 a.m.)
18 de Febrero de 2016
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Nota:
105356
El pasado 4 de febrero, la Sala Laboral de la Corte Suprema, con ocasión a la entrada en vigencia del Código General del Proceso (CGP), unificó la forma en que se procederá con varios trámites surtidos en la sala. Como novedad, se estableció que los recursos de casación interpuestos desde el 12 de enero del 2016 se tramitarán por las disposiciones del CGP, en lo que no esté regulado por la normativa procesal laboral, y no habrá entrega de expedientes. De igual forma se procederá con el recurso de queja. La comunicación también advirtió que, de conformidad con los artículos 118 y 343 del CGP, la renuncia, cambio o sustitución del apoderado no suspenderá términos. Estas solicitudes se regirán por lo dispuesto la ley vigente en el momento en que se hayan presentado, es decir, por el Código de Procedimiento Civil si se radicaron hasta el 19 de diciembre del 2015, y por el CGP aquellas allegadas desde el 12 de enero de este año. Finalmente, la notificación de las sentencias se seguirá haciendo por edicto, según lo disponen los artículos 40 y 41 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
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