Entre el 1º y el 20 de diciembre se deberá pagar prima de servicios a trabajadores domésticos (4:35 p.m.)
28 de Noviembre de 2016
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Nota:
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La ministra del Trabajo, Clara López, lanzó hoy la campaña pedagógica e informativa con el objetivo de recordar a los empleadores y demás personas que contraten trabajadores domésticos que entre el 1º y 20 de diciembre deberán pagar la prima de servicios, según lo determinó la Ley 1788 del 2016. Según lo dispuesto en la normativa, la prima debe cancelarse a toda persona natural que presta sus servicios a los hogares en tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, conductor de familia y trabajadores de finca. La ley indica puntualmente que el pago de la prima de servicios corresponde a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo laborado. A manera de ejemplo, cita el ministerio, si una persona que gana un salario mínimo, que para el presente año equivale a $ 689.455 al mes, tiene derecho a una prima de servicios de $ 383.578, que se debe empezar a pagar entre los primeros 20 días del mes de diciembre. No obstante, teniendo en cuenta que un amplio número de trabajadores domésticos laboran por periodos inferiores a un mes, Mintrabajo estableció una regla para la liquidación de la prima de servicios, cuya fórmula es así: Prima de servicios = valor del salario mensual x (número de días trabajados en el semestre)/360 (correspondiente a los días del año).
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