Empresas de transporte deben reconocer derechos laborales a sus conductores (3:15 p.m.)
26 de Octubre de 2012
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Nota:
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Las empresas de transporte se convierten en empleadoras de los conductores de sus vehículos, sean estos propietarios o no, teniendo en cuenta la obligación legal de establecer una relación de carácter laboral entre la empresa operadora y el conductor, recordó el Ministerio del Trabajo. En consecuencia, están obligadas al reconocimiento de todos los derechos y prerrogativas propias del contrato de trabajo, como pago de salarios, prestaciones sociales, vacaciones, indemnizaciones y afiliación al sistema de seguridad social en calidad de trabajadores dependientes.
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