¿Empleadores responden por cálculo actuarial de periodos de servicio a su cargo?
13 de Abril de 2020
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Nota:
115744
Al resolver un recurso de casación, una sala de descongestión de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia precisó que los empleadores deben responder por el cálculo actuarial correspondiente a periodos en los que la prestación del servicio estuvo a su cargo, pese a no tener la obligación de afiliar a los trabajadores a Colpensiones (antes Instituto de Seguro Social- ISS) por falta de cobertura. Del mismo modo explicó que en el evento en que el empleador haya omitido afiliar a sus trabajadores al ISS por razones ajenas a su voluntad la fuerza mayor no puede invocarse como eximente de responsabilidad. Con todo, aseguró que la naturaleza jurídica de las obligaciones derivadas de la seguridad social es diferente y supera la de las simples obligaciones civiles y comerciales o del concepto de daño y reparación. Conozca el caso concreto y otras precisiones en el documento adjunto (M.P. Carlos Arturo Guarín Jurado).
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