¿Empleadores responden por cálculo actuarial de periodos de servicio a su cargo?
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13 de Abril de 2020
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Al resolver un recurso de casación, una sala de descongestión de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia precisó que los empleadores deben responder por el cálculo actuarial correspondiente a periodos en los que la prestación del servicio estuvo a su cargo, pese a no tener la obligación de afiliar a los trabajadores a Colpensiones (antes Instituto de Seguro Social- ISS) por falta de cobertura. Del mismo modo explicó que en el evento en que el empleador haya omitido afiliar a sus trabajadores al ISS por razones ajenas a su voluntad la fuerza mayor no puede invocarse como eximente de responsabilidad. Con todo, aseguró que la naturaleza jurídica de las obligaciones derivadas de la seguridad social es diferente y supera la de las simples obligaciones civiles y comerciales o del concepto de daño y reparación. Conozca el caso concreto y otras precisiones en el documento adjunto (M.P. Carlos Arturo Guarín Jurado).
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