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Dictámenes proferidos por las juntas de calificación de invalidez no son pruebas solemnes (8:38 a.m.)

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14 de Junio de 2019

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Si bien la gestión que se realiza ante las juntas de calificación tiene por finalidad establecer el estado de invalidez de un trabajador mediante un procedimiento específico, de acuerdo con un fallo de la Corte Suprema, este no corresponde a un trámite administrativo previo que deba agotarse para que se reconozca la pensión de invalidez, puesto que la parte interesada en la valoración médica también puede acudir directamente ante la jurisdicción ordinaria laboral. Así mismo, la Sala aclaró que este tipo de dictámenes no son pruebas solemnes, de modo que pueden ser controvertidos ante los jueces del trabajo (M. P. Clara Dueñas).

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