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Despido es injusto, si no se adoptan medidas para que el trabajador conozca las modificaciones repentinas en las condiciones laborales adoptadas por el empleador (2:30 p.m.)

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12 de Enero de 2010

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El empleador debe adoptar o poner en conocimiento del trabajador las medidas necesarias para que las condiciones que han sido normales hasta determinada época repentinamente sean modificadas. Así lo manifestó la Corte Suprema de Justicia al conocer el caso de un trabajador que ejercía labores de docencia y fue autorizado por el empleador durante 20 años para desempeñarlas, aun dentro del horario de trabajo. Según la Sala Laboral, si el empleador consiente que el trabajador incumpla horarios laborales y no se adoptan medidas para modificar esa situación, el despido por esta razón será injusto. En el fallo también se recordó que las bonificaciones habituales y primas de vacaciones constituyen salario y que los pactos que pretendan desestimar esta naturaleza no tienen validez (M.P. Camilo Tarquino Gallego).

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