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Despido del trabajador que a su vez es socio no afecta su relación con la sociedad (3:44 p.m.)

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28 de Noviembre de 2018

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Teniendo en cuenta que los socios pueden ser trabajadores de la sociedad, el Ministerio del Trabajo precisó que las relaciones de tipo laboral se rigen por la normativa laboral, el contrato de trabajo y el correspondiente reglamento interno del trabajo de la sociedad, sin perjuicio de las convenciones o acuerdos colectivos aplicables al trabajador. Así las cosas, es posible que un trabajador, actuando en calidad de representante del empleador, siendo superior jerárquico y con las debidas facultades para ello, termine unilateralmente el contrato de trabajo de un trabajador, con justa o sin justa causa, aun cuando este sea socio de la sociedad donde labora, siempre y cuando se haga de acuerdo con la normativa laboral y siguiendo el debido proceso. El despido del trabajador socio se puede efectuar sin que esto afecte su calidad de socio, ya que las relaciones jurídicas son diferentes.  

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