Derechos adquiridos en materia laboral son inmodificables (8:32 a.m.)
12 de Febrero de 2018
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Nota:
59456
La Sección Segunda del Consejo de Estado explicó la jurisprudencia actual de la corporación en cuanto a la homologación de agentes o suboficiales al nivel ejecutivo de la Policía Nacional. En ese sentido, quienes tenían la posibilidad de acceder deben someterse voluntariamente al régimen salarial y prestacional que establezca el Gobierno, sin ser desmejorados o discriminados en su situación laboral. Al efecto, precisa la alta corporación, la prohibición de retrocesos o de regresividad en materia prestacional, derivada del principio de progresividad, implica que no se deben desconocer los esfuerzos graduales a los que se ha llegado en aspectos como la remuneración y la seguridad social. Por tal razón, se reitera la protección reforzada de los derechos adquiridos en el sistema jurídico local, que se reconocen como inmodificables (C. P. Sandra Lisset Ibarra Vélez).
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