Decretos reglamentarios únicosIncluyen nuevos grupos poblacionales para afiliarlos al régimen subsidiado (10:33 p.m.)
20 de Diciembre de 2016
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Nota:
53562
La modificación corresponde al artículo 2.1.5.1 del Decreto 780 del 2016, único reglamentario del sector Salud y Protección Social, relacionado con los afiliados al régimen subsidiado. La disposición se refiere a garantizar la continuidad de la afiliación de las madres sustitutas, habitantes de la calle y de la población perteneciente al sistema de responsabilidad penal para adolescentes a cargo del ICBF a través de su inclusión en el régimen subsidiado. Vale mencionar que se establece en el decreto que si una persona cumple los requisitos para pertenecer al régimen subsidiado y se rehúsa a inscribirse la entidad territorial está habilitada para hacerlo de oficio en una EPS que opere en el municipio, dentro de los cinco primeros días del mes.
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