Decretos reglamentarios únicosGobierno dispone medidas para garantizar aseguramiento en salud de voluntarios de la Defensa Civil, Cruz Roja Colombiana y bomberos (4:10 p.m.)
02 de Noviembre de 2018
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Nota:
108851
Dado que tanto los inimputables en cumplimiento de medidas de seguridad y las personas con discapacidad en centros de protección se encuentran en circunstancias de debilidad manifiesta y vulnerabilidad, es preciso que el Gobierno continúe garantizando su aseguramiento en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Por lo tanto, Ministerio de Salud modificó el artículo 2.1.5.1 del Decreto 780 del 2016, único reglamentario del sector, para incluir dicha población en el régimen subsidiado. Igualmente, incluyó a los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil, Cruz Roja Colombiana y cuerpo de bomberos, así como su núcleo familiar, salvo que sean cotizantes o beneficiarios del régimen contributivo. El listado censal de esta población será elaborado por la entidad a la cual pertenezca el voluntario, que será la responsable de la información suministrada y de su acreditación como activo.
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