Decretos reglamentarios únicos Facilitan ingreso de recursos para BEPS (10:17 a.m.)
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23 de Febrero de 2017
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El Ministerio del Trabajo adicionó un capítulo al Decreto 1833 del 2016, compilatorio de las normas del sistema pensional, en lo relacionado con el servicio social complementario de beneficios económicos periódicos (BEPS). La norma describe las condiciones para la recepción y el uso de los recursos producto de contribuciones en dinero de terceros para los vinculados a BEPS. Con la modificación se implementa una necesidad de personas interesadas en contribuir a que ciudadanos vinculados a dicho beneficio incrementen su ahorro para la vejez. Estas personas podrán realizar contribuciones con el fin de financiar en su totalidad una anualidad vitalicia, que no podrá superar el 85 % del salario mínimo mensual legal vigente.
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