Corte Suprema reitera que el derecho a la pensión de sobrevivientes se rige por la normativa vigente al momento del deceso del afiliado o pensionado (5:07 p.m.)
05 de Abril de 2010
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Nota:
65324
El derecho a la pensión de sobrevivientes debe ser dirimido a la luz de la normativa vigente al momento del deceso del afiliado o pensionado y no por aquella que regía al momento en que se adquirió el derecho, reiteró la Corte Suprema de Justicia. Para la Sala Laboral, solo resultan aplicables las normas vigentes en el momento de adquirir el derecho cuando se busque garantizar las prerrogativas de los causahabientes originadas en situaciones especiales y excepcionales. En el fallo también se recordó la importancia de cumplir con el requisito de la verdadera convivencia para adquirir la pensión de sobrevivientes (M.P. Francisco Javier Ricaurte Gómez).
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